Abogado juicio oralLa defensa en juicio se organiza desde el requerimiento de elevación y la resolución que fija la audiencia; sin esos documentos sólo hay relato.
Con la acusación se identifican los hechos controvertidos y la prueba admitida; con la citación a juicio, la oportunidad para ofrecer prueba del art. 338 CPPBA y las cuestiones preliminares. En CABA, en el fuero nacional y en el federal la audiencia preparatoria puede tener otro nombre y otras reglas, y en el juicio por jurados bonaerense la defensa decide antes, en la oportunidad que fija la ley, si mantiene el jurado o renuncia a él cuando la calificación y la escala lo habilitan. La defensa penal en el debate se gana antes: un abogado de juicio oral prepara prueba, testigos y alegato.
Los nombres de los testigos y el contenido de sus declaraciones se conversan en la entrevista, no por mensaje ni por formulario público.